Como ya sabéis el régimen aplicable a las niñeras es el de empleadas de hogar, ya que en este régimen se incluye el cuidado y atención de los miembros de la familia.
Si bien siempre recomendamos aumentar el salario mínimo, os queremos informar de las novedades que hay respecto al salario mínimo interprofesional, que también es de aplicación a las empleadas de hogar / niñeras.
Salario mínimo empleadas de hogar
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ya ha publicado el Real Decreto-Ley por el que se incrementa en 15 euros el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), hasta los 965 euros brutos / mes en 14 pagas (o 1.125,83€ / mes en 12 pagas) efectivo desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2021.
En jornadas parciales el cálculo se haría proporcionalmente. Ésto sólo nos afectaría en caso de que el salario que estemos pagando a la empleada de hogar esté por debajo de este mínimo, en cuyo caso debemos proceder a actualizarlo desde el 1 de septiembre de 2021 y comunicar dicho salario a la seguridad social.
Modificación de datos laborales en empleo de hogar
Para actualizar las condiciones laborales relacionadas con la persona que trabaja en el hogar, puedes hacerlo a través de Importass, el nuevo portal de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Podéis acceder mediante clave permanente, cl@ve pin, certificado digital o vía SMS. Sólo deberéis incluir el nuevo salario que corresponda e la casilla correspondiente y la fecha en que será efectiva la modificación (01/09/21).
Debemos tener en cuenta que estamos hablando de salario bruto, y podemos retener la parte de la seguridad social que le corresponde al empleado. Podéis acceder a la calculadora que facilita la TGSS en el siguiente enlace para hacer el cálculo de la cuota.