A partir del 14 de noviembre de 2025, entra en vigor una nueva obligación normativa para quienes contraten o tengan en su casa a personal doméstico, incluyendo a las niñeras: deben realizar una evaluación de riesgos laborales del domicilio como lugar de trabajo — algo que hasta ahora muchas familias no eran legalmente obligadas a hacer
¿En qué consiste?
- El domicilio pasa a considerarse “centro de trabajo” cuando hay una empleada o empleado del hogar, con independencia de si trabaja por horas, jornadas completas o de si es interna o externa.
- La herramienta oficial para cumplir con esta obligación es Prevencion10.es — una web gratuita habilitada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social / INSST.
- El proceso consiste en un cuestionario guiado: se identifican datos del domicilio y del empleador, se detallan las tareas que realiza la persona empleada, y luego se responde a un listado de preguntas sobre riesgos (eléctricos, ergonómicos, de seguridad, violencia, emergencias, etc.).
- Al finalizar, la herramienta genera un informe en PDF con la evaluación y, si se detectan riesgos, con las medidas preventivas recomendadas. Ese informe debe entregarse a la empleada del hogar y mantenerse guardado por si lo solicita la inspección.
Qué implica para la persona que contrata
Al contratar personal doméstico, la persona empleadora tiene obligaciones hasta ahora típicas de una empresa, como:
- Identificar riesgos en el hogar
- Planificar medidas preventivas — por ejemplo: asegurar instalaciones eléctricas, evitar sobrecargar enchufes, garantizar buena ventilación, prevenir caídas, uso seguro de productos de limpieza, etc.
- Proporcionar equipos adecuados si la actividad lo requiere (como guantes, calzado antideslizante, etc.).
- Informar a la persona empleada de los riesgos y de las medidas adoptadas.
- Conservar la documentación y actualizarla si cambian las condiciones en el hogar.
Consecuencias del incumplimiento
El plazo marcado venció el 14 de noviembre de 2025. Quienes no hayan realizado la evaluación podrán enfrentarse a sanciones: las multas para incumplimientos “leves” alcanzan los 2.451 €, y para los casos más graves (si hay agravantes) pueden llegar hasta los 49.180 €.
Además, la evaluación debe actualizarse ante cambios: obra, reformas, nuevos riesgos, cambio de tareas, etc.
¿Qué supone este cambio para las empleadas del hogar?
- Por primera vez, las trabajadoras del hogar quedan incluidas bajo la normativa general de prevención de riesgos laborales, con derechos de información, formación, medidas de seguridad, etc.
- Se reconoce formalmente que trabajar en un domicilio privado no exime de obligaciones de seguridad y salud laboral — el hogar es “un centro de trabajo” como cualquier empresa.
- En caso de riesgos graves o situaciones peligrosas, la trabajadora tiene derecho a conocerlos, negarse a trabajar hasta que se garanticen las condiciones, o a abandonar el puesto si hay peligro.
